LO
LEGAL Y LO LEGÍTIMO
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La legitimidad, es un término
utilizado en la Teoría del Derecho, en la Ciencia Política y en Filosofía
que define la cualidad de ser conforme a un mandato
legal.
En Ciencia Política es el concepto con el que se
enjuicia la capacidad de un poder para obtener obediencia
sin necesidad de recurrir a la coacción
que supone la amenaza de la fuerza, de tal forma que un Estado es legítimo si
existe un consenso
entre los miembros de la comunidad política para aceptar la autoridad vigente.
En este sentido el término tiene sus orígenes en el derecho
privado sucesorio y aparece vinculado a la política en
relación con la restauración monárquica tras la Revolución francesa. Esta apelación inicial a
criterios tradicionales como justificación ética del ejercicio personal del
poder es aceptada por Max Weber como uno de los tres tipos de legitimidad junto
con la legitimación carismática (los subordinados aceptan el poder basándose en
la santidad, heroísmo o ejemplaridad de quien lo ejerce) y la legitimación
racional (los subordinados aceptan el poder de acuerdo con motivaciones
objetivas e impersonales); convirtiéndola prácticamente en sinónimo de legalidad.
Legitimidad en
términos jurídicos
Cuando
una norma jurídica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la
ley. Los requisitos que ha de cumplir una norma jurídica para ser legítima son
tres: validez,
justicia, y
eficacia. Esta legitimidad se subdivide en dos: legitimidad formal y material.
La formal se entiende como el correcto proceder de los órganos estatales con
respecto a todos los procedimientos establecidos en el Ordenamiento Jurídico.
La legitimidad material es aquel consenso(reconocimiento)del pueblo creado en
aprobación de la ley creada o de la actuación gubernamental.
La validez
Se
refiere a que una norma es válida cuando es emitida por un órgano competente.
Así, es inválida una ordenanza municipal del Ayuntamiento de Madrid que
pretenda organizar el tráfico de la ciudad de Nueva York,
pero son válidas las ordenanzas del Ayuntamiento de Madrid para
organizar el tráfico de esa misma ciudad. La validez es expresable en términos
más o menos formales y objetivos (“puede tal órgano emitir tal norma…”). Ahora
bien, si lo vemos desde el punto de vista de la doctrina jurídica, una norma es
válida cuando pertenece a un sistema jurídico específico.
La justicia
Es
la voluntad constante de dar a cada uno lo que le corresponde. Subjetivamente,
una norma es justa si la población considera mayoritariamente que se atiene a
los objetivos colectivos de esa misma sociedad, e injusta si ocurre lo
contrario, con independencia de si la considera válida o no. Ocurre en muchos
lugares, por ejemplo, que se considera injusto pagar por aparcar en la vía
pública, a pesar de las ordenanzas municipales son válidas y obligan a ello.
Como contra ejemplo, se puede mencionar que entre 1789 y 1849 en el sur de
EEUU, la norma que permitía la esclavitud era subjetivamente justa porque así
lo consideraba la mayoría de la población de la región. Objetivamente una norma
es justa cuando es precisa y equitativa. Objetivamente las personas no
determinan que es justo o injusto, simplemente lo descubren.
La eficacia
Se
refiere al seguimiento o acatamiento de la norma. Una norma es eficaz si la
población la cumple, con independencia de si la percibe como justa o válida, e
ineficaz si es ampliamente desobedecida. Por ejemplo, la prohibición de aparcar
en doble fila suele ser percibida por todo el mundo como algo justo, y es desde
luego una prohibición válida. Sin embargo es desobedecida por la gran mayoría
de los conductores. La eficacia es una cuestión descriptiva y fáctica, referida
a los hechos (“ocurre un acatamiento generalizado de la norma…”).
En
resumen:
- La coincidencia de
justicia, validez y eficacia en una norma jurídica es la medida de su
legitimidad. (Así pues ya que la legitimidad es graduable, cada norma
jurídica será más o menos legítima).
- Cuando una norma es
percibida por la sociedad como legítima es masivamente obedecida, no siendo
necesaria la sanción salvo en casos puntuales. Dicho a la inversa: El
cumplimiento de una norma jurídica de manera habitual y sin necesidad de
recurso a la violencia suele ser prueba de que es percibida como legítima.
- Cuando una norma es
percibida como ilegítima es masivamente desobedecida (a no ser que se
recurra, directamente, a la sanción, y por tanto a la violencia). En general,
el ejercicio habitual de la sanción y la violencia por parte del Estado para hacer
efectivo el cumplimiento de una norma jurídica es síntoma inequívoco de que o
bien es inválida, o bien es percibida como injusta, o bien es ineficaz (ó
dos de las tres ó las tres cosas al mismo tiempo).
Legitimidad
en Filosofía
La legitimidad en filosofía
se considera respecto al conocimiento como saber; es decir, como
conocimiento justificado. No se trata del conocimiento
como legítimo en sí, cuya competencia correspondería a cada sujeto de
forma individual. Nos referimos al “reconocimiento social” del discurso del saber como portador
de un contenido verdadero
por la legitimidad o, reconocimiento de autoridad, de
quien lo pronuncia. Legitimidad aceptada por la comunidad científica en su
caso, filosófica en otro, cultural, deportiva, etc. respecto a quien construye
o define el discurso como competente.
El problema de la legitimación del discurso o relato viene de la
mano de la problemática generada en la segunda mitad del siglo XX cuando la
ciencia reconoce la influencia de los paradigmas
sociales y culturales
en los cuales se reconoce la ciencia misma.
La idea de la legitimidad de la
ciencia en cuanto tal por su contenido4 ha sido
prácticamente abandonada por la mayoría de los filósofos actuales, una vez
establecida la provisionalidad de las teorías
científicas5
así como la imposibilidad de un sistema completo de razones justificantes
del conocimiento humano.6 Es por
ello que algunos llaman a la época actual una sociedad de expertos, en
quienes se deposita la legitimación de discursos de “segundo nivel” o
“metarrelatos”.
Legitimidad
en sentido político
Si la legitimidad jurídica se refiere
a la ley, la
legitimidad política se refiere al ejercicio del poder. El poder
político que es percibido como legítimo será mayoritariamente obedecido,
mientras que el percibido como ilegítimo será desobedecido, salvo que se
obtenga obediencia por medio de la violencia del Estado.
No debe confundirse legitimidad
política con afinidad política. En democracia, los votantes del
partido político perdedor pueden lamentarse por haber perdido las elecciones,
pero no por ello desobedecen al nuevo gobierno. Tampoco debe confundirse
legitimidad con democracia, puesto que durante la Monarquía Absoluta, por ejemplo, el pueblo
consideraba masivamente legítimo al monarca, que no había sido elegido por
mayoría.
La
legitimidad política se podría entonces definir desde dos perspectivas: la de
quien obedece y la de quien manda.
·
Desde
la perspectiva de quien obedece, será legítimo aquel gobierno que accede al
poder (legitimidad de origen) y lo ejerce (legitimidad de ejercicio)
cumpliendo los requisitos que los que obedecen creen que tiene que cumplir para
mandar.
·
Desde
la perspectiva de quien manda, será legítimo aquel gobierno que accede al poder
y lo ejerce haciendo ver a los que obedece que cumple los requisitos para
mandar.
La legitimidad así entendida es un
compromiso entre ambos extremos. Desde luego, la teoría de la legitimidad no
prejuzga la bondad o maldad de tal o cual régimen político, sino que examina,
simplemente, los mecanismos de mando y obediencia. Resta decir que, en términos
generales, cuando el poder pierde su legitimidad deja de ser poder, salvo que
ejercite la coacción.
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